Nuevo cheque de 200 euros: ¿Cuándo se puede pedir y qué requisitos hay que cumplir?
Una ayuda
dirigida a los asalariados, autónomos o desempleados que no reciban otras
prestaciones de carácter social.
Este
miércoles, 15 de febrero, comienza el plazo para solicitar el abono
extraordinario de 200 euros destinado a apoyar las rentas de las familias de
clase media en un contexto de inflación. Con esta ayuda, que alcanzará a 4,2
millones de hogares, el Gobierno tiene como objetivo reducir las situaciones de
vulnerabilidad económica que no están cubiertas por otras prestaciones
sociales.
¿A quién
se dirige la ayuda?
A los
asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que
no reciban otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las
pensiones o el Ingreso Mínimo Vital.
¿Qué
requisitos tienen que cumplir los beneficiarios?
Haber percibido
ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio
inferior a 75.000 euros. La vivienda habitual está excluida del cómputo del
patrimonio.
El cómputo
de los ingresos y del patrimonio se efectuará sumando los de los familiares que
convivan en el mismo domicilio: el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho,
descendientes y ascendientes hasta segundo grado.
No se sumará
el ingreso y patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una
relación familiar.
Los
beneficiarios deben tener la residencia habitual en España.
¿Quién no
puede solicitar el cheque de 200 euros?
Las personas
que, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital, o pensiones
abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad
Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban
prestaciones análogas reconocidas, pero no integradas en estos regímenes.
Los
administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado en
su actividad a 31 de diciembre de 2022.
¿En qué
plazo y cómo se presenta la solicitud?
Los
contribuyentes podrán solicitar la ayuda de pago único de 200 euros desde el 15
de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
Tendrán que
rellenar un formulario en la Agencia Tributaria, en el que facilitarán la
cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario
disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite.
Si el
solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas
locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el
cheque.
¿Qué
documentación hay que aportar?
En
principio, ninguna. Una vez rellenado el formulario, la Agencia Tributaria
cruzará sus datos con los de otras administraciones y determinará si el
contribuyente tiene derecho al cheque.
Si no procede la concesión de la ayuda, la Agencia Tributaria se lo notificará al solicitante, quien dispondrá de diez días para alegar. Transcurrido el plazo de un mes sin que este haya presentado alegaciones, documentos o justificantes se considera denegada su petición.